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Licencias Náuticas

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Las titulaciones náuticas de recreo permiten gobernar embarcaciones a motor y vela con fines deportivos o de ocio. En España, estas licencias están reguladas por el Real Decreto 875/2014, y son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las comunidades autónomas con competencias transferidas.

¿Cuándo se requiere una renovación?

  1. Por norma general la Licencia tiene un vigencia de 10 años
  2. Debe ser expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC)

Dónde se presenta

  1. En la Capitanía Marítima o en la Dirección General de la Marina Mercante.
  2. También se puede realizar en la Xunta de Galicia

Documentación necesaria

  1. DNI/NIE en vigor.
  2. Copia del título original (si se conserva).
  3. Justificante de pago de tasas. Si la Licencia se encuentra caducada, la administración le cobrará más por las tasas, por lo que le recomendamos que la renueve estando siempre vigente.

Recomendaciones

  1. Guarda siempre una copia digital de tu título. Y además, como ahora la Licencia es en formato papel, te recomendamos que la conserves en un medio impermeable, sin plastificarla.
  2. Asegúrate de que tu certificado médico náutico está en vigor si vas a alquilar barcos o navegar en el extranjero.
  3. Si tu título es antiguo (por ejemplo, "titulín"), considera actualizarlo a la Licencia de Navegación (LN) mediante un curso práctico de 6 horas.
  4. Siempre renovar antes de que caduque, pues en caso contrario tendrá que pagar un importe mayor al habitual en las tasas de renovación.